Solicitud de Licencia por Maternidad
Esta licencia sin goce de haberes de 90 días corridos, es otorgada a la empleada que curse un embarazo, correspondiendo entre los 45 días corridos anteriores a la fecha probable de parto y hasta 45 días posteriores a su ocurrencia. Sin perjuicio de lo anterior la interesada podrá optar expresamente por la reducción de la licencia anterior al parto, la cual no podrá ser inferior a 30 días.
Pasos a seguir
- Debe completar el Formulario PS 2.55 (Declaración jurada de novedades unificadas Sistema Único de Asignaciones Familiares).
- El mismo se completa en los rubros correspondientes, teniendo en cuenta que el Rubro 6 lo completa el/la obstetra, con la firma del mismo.
- Presentar el formulario en la Dirección de Personal o Recursos Humanos de la Unidad Académica a fin de que se firme en el rubro 9 como Empleador.
- Concurrir a la ANSES para gestionar la Asignación por Maternidad.
- Una vez obtenida la constancia de trámite de la Asignación por Maternidad en ANSES debe presentarla en la Dirección General de Medicina del Trabajo, quien generará la Licencia por Maternidad.
Lugar
Dirección de Personal o Recursos Humanos de cada Unidad Académica.Observaciones
Destinatarios del trámite
- Personal Docente
- Personal No Docente
- Personal de apoyo a la gestión (Organizador – Ejecutor y Coordinador)
- Autoridades Superiores
Normativa Relacionada
Personal Docente: Artículo 48º inciso a) del Decreto 1246/2015
Personal No Docente: Artículo 106º Decreto 366/2006
Personal de Apoyo a la Gestión: Artículo 10º Decreto 3413/1979
Autoridades Superiores: Artículo 10º del Decreto 3413/1979