La entrega de sumas en efectivo se hará solo hasta el 20% de los fondos desembolsados por SSPU/Org. Nacional, la modalidad a aplicar será Adelanto de Fondos con cargo a rendir y que tendrán el destino de gastos que exclusivamente pueden hacerse de este modo, es decir, no se podrá solicitar el adelanto de fondos para cubrir gastos que pueden gestionarse por otros circuitos administrativos, tales como circuito de bienes y servicios, becas, viáticos, incentivo, contrato de locación, salarial corriente y obras, según lo dispuesto por Ord. 55/2022 R- Anexo I.
El trámite paso a paso
1. Solicitante: la Dependencia o Unidad Académica requirente deberá gestionar un trámite y remitir al área correspondiente para su debido curso
2. Contenido de la pieza administrativa:
Crear una nota que consigne lo siguiente:
- Nombre y apellido del director de proyecto
- Denominación del proyecto
- Monto total asignado al proyecto y monto solicitado mediante adelanto de fondo
- Número de resolución de asignación de fondos
- Red presupuestaria afectada en caso de corresponder
- Detalle de los bienes y/o servicios a los cuales se destinarán los fondos
Resolución de asignación de fondos correspondiente.
Formulario de solicitud de apertura de cuenta bancaria, en caso de corresponder.
Destinatario del trámite
- Responsables de proyectos de fondos proveniente de SSPU/ Org. Nac.
- Coordinadores generales de proyectos de fondos de SSPU/Org. Nac.
- Secretarios Económicos Financieros
Normativa relacionada
- Ordenanza N° 8/2013- R
- Ordenanza N° 55/2022- R