El 25 de noviembre marca el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, una fecha establecida por el movimiento feminista latinoamericano en 1981 en memoria del trágico asesinato de las hermanas Mirabal en 1960 en la República Dominicana, las valientes activistas políticas que desafiaron al dictador Rafael Leónidas Trujillo.
La violencia contra las mujeres y las niñas, definida como "todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada", representa una forma extrema de desigualdad de género. En la región de las Américas es un persistente problema de salud pública y derechos humanos.
La violencia de género es un problema global que afecta a mujeres de todas las edades, orígenes étnicos y estatus social, manifestándose de diversas maneras, incluyendo violencia física, psicológica, sexual, económica y simbólica, con un impacto profundo en la vida de las víctimas.
Erradicar este problema requiere un esfuerzo colectivo que abarca desde la educación y la sensibilización hasta la promoción de la igualdad de género en todos los aspectos de la sociedad. Las estimaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) indican que:
-
1 de cada 3 mujeres en las Américas han sufrido violencia física y/o sexual de pareja o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida.
-
A nivel mundial, entre el 38% y el 50% de los homicidios de mujeres son cometidos por sus parejas.
Los servicios de salud desempeñan un papel crucial al actuar como puerta de entrada a otros servicios esenciales para las sobrevivientes, facilitando derivaciones adecuadas y atentas hacia la policía, la justicia, la protección, el refugio, el apoyo social y otros servicios. Como profesionales de confianza, el personal de salud se encuentra en una posición única para alentar a las sobrevivientes a buscar el tipo de ayuda que satisfaga todas sus necesidades. Esto es fundamental para mejorar los resultados de salud a corto y largo plazo, prevenir la violencia en el futuro y garantizar la seguridad de las mujeres y sus hijos.
Algunos servicios, como los de salud sexual y reproductiva y los de atención primaria, están especialmente bien situados para detectar casos de violencia y prestar una atención oportuna y de calidad. Los datos demuestran que estas intervenciones pueden aumentar la disposición de las mujeres a enfrentarse a la violencia de género, aumentar los comportamientos que promueven la seguridad, reducir la reexposición a algunos tipos de violencia de género y mejorar la salud.
La estrategia de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) sobre el fortalecimiento del sistema de salud para abordar la violencia contra las mujeres se concentra en las siguientes líneas de acción:
Fortalecer la disponibilidad y el uso de datos científicos sobre la violencia contra las mujeres.
Fortalecer el compromiso político y financiero para abordar la violencia contra las mujeres en los sistemas de salud.
Fortalecer la capacidad de los sistemas de salud para prestar una atención y apoyo eficaces a las mujeres que son víctimas de la violencia por parte de la pareja o que han sufrido violencia sexual.
Fortalecer el papel de los sistemas de salud en la prevención de la violencia contra las mujeres.
La Ley Olimpia y la violencia digital comenzarán a ser punible
Fue aprobada por el Congreso de la Nación el 10 de octubre de 2023, en honor a la destacada activista Olimpia Coral Melo, quien sufrió la divulgación no consensuada de imágenes íntimas y se ha convertido en un emblema de la lucha contra la violencia digital en América Latina al impulsar legislaciones para condenar este delito.
La Ley Olimpia Incluye la violencia digital como una forma de violencia contra las mujeres, estableciendo el imperativo de "respetar su dignidad, reputación e identidad, incluso en los espacios digitales," en el marco de la Ley 26.485.
En lo que compete a esta Ley, se proporciona una definición precisa de la violencia digital que se entiende como "aquella que se ejerce a través de las tecnologías de la información y la comunicación y abarca la obtención, reproducción y difusión, por cualquier medio, de datos personales, material digital real o simulado de carácter íntimo o de desnudez de mujeres, sin su consentimiento”. Esta definición también incluye discursos de odio de género, patrones sexistas estereotipados, así como situaciones de acoso, amenazas, extorsión, control virtual o cualquier acción que menoscabe la integridad sexual o la identidad digital de las mujeres utilizando las TIC.
Esta normativa se centra en todas las etapas de prevención, asistencia y apoyo a las víctimas y sobrevivientes de la violencia digital. Cualquier acto delictivo que viole la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y divulgue contenido íntimo sin autorización será castigado de acuerdo con lo establecido.