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Enfermedad de Corto Tratamiento

Decreto 366/06 Art .91° - Decreto1246/15 Art. 46 a) - Decreto 3413/79 Art.10 a)

Pasos a seguir

      1. Ingresar al Portal de Autogestión de personal UNCUYO.
      2. Ingresar usuario y clave
      3. Ir a la pestaña “Parte de inasistencia”.

       Tener en cuenta que el día que se realiza la carga del aviso, el sistema automáticamente toma ese día como inicio de la licencia, a partir de esa fecha tiene dos (2) días para adjuntar el certificado médico.

       Para dar aviso de una inasistencia debe hacer click en el botón “Agregar Nuevo Parte”, automáticamente el sistema trae todos sus datos, pudiendo modificar únicamente: 

  • Domicilio
  • Localidad
  • Teléfono
  • Mail

       4. Si trabaja en más de una dependencia deberá repetir el procedimiento para cada una de ellas (solo a las que va a faltar) .

       5. Seleccione el motivo de la inasistencia 

  • Enfermedad de corto tratamiento

          Si tiene el certificado médico, puede subir una foto del mismo haciendo click en el botón “Examinar”. 

          Si aún no cuenta con el certificado médico al momento del aviso, haga click en “Guardar” y dispondrá de dos días para poder adjuntarlo, el trámite quedará pendiente por ese plazo. Transcurrido ese tiempo el aviso quedará sin justificar (Ordenanza 60/84-C.S.)

        7. Una vez adjuntado el certificado médico, el aviso quedará pendiente para justificación por parte de la Dirección General de Medicina del Trabajo. 

            Justificada la inasistencia, aparecerá en el estado la palabra “Cerrado”.

             En caso de no poder ingresar al Portal de Autogestión, dar el aviso o adjuntar el certificado médico, deberá comunicarse con nosotros a los siguientes números fijos 5644036 o 5644037 o a través del correo sanidad@uncu.edu.ar (debe colocar en el mail su número de legajo, nombre y apellido, DNI, teléfono de contacto y lugar de trabajo al cual va a faltar).

           

Observaciones

Video tutorial

Documentación

Decreto 366/06

Decreto 1246/15

Decreto 3413/79