Quienes impugnaron la candidatura del decano de la Facultad de Derecho, Atilio Alterini, podrán tener razones atendibles o justificables para hacerlo en el marco de la autonomía y el gobierno tripartito que rige en esa Universidad. Pero al impedir la reunión de la asamblea actuaron en contra del autogobierno universitario y de los mecanismos democráticos que dicen defender.
Las reglas y principios de la democracia no pueden tener un carácter meramente instrumental, lo que supone que se defienden cuando conviene a la propia parcialidad y se atropellan cuando ésta no resulta beneficiada.
Los tres claustros —estudiantes, docentes y graduados— votaron en cada facultad y eligieron a los consejeros y representantes de la asamblea que debe votar al rector. Esta goza, por lo tanto, de plena legitimidad para reunirse y decidir. Y si hay cuestionamientos al estatuto vigente, también existen los procedimientos para reformarlo.
En este caso, por tratarse además de la principal Universidad Nacional del país, por su trayectoria y su prestigiosa historia, la elección de su máxima autoridad es un tema de interés público que debe ser resuelto sin más postergaciones y con el concurso de todos los sectores involucrados.
Las reglas de la democracia no pueden tener un carácter meramente instrumental, lo que supone que se defienden sólo cuando ellas convienen a la propia parcialidad. Esto vale para la conflictiva elección del rector de la UBA.
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28 de noviembre de 2024