La Universidad Nacional de Cuyo informa que, en referencia a las últimas modificaciones del régimen de retención del Impuesto a las Ganancias de 4ta categoría establecidas en el Decreto Nacional N° 473/2023 y la Resolución General AFIP 5417/23, las cuales elevan a un nuevo mínimo exento la remuneración y/o haber bruto mensual que no supere los 15 Salarios Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente al 1 de octubre de este año, a partir de las remuneraciones devengadas desde esa fecha hasta las percibidas al 31 de diciembre de 2023, será de aplicación lo precedente a los haberes de octubre 2023, quedando liberados de la retención de 4° categoría del Impuesto a las Ganancias los casos mencionados.
De cualquier manera, se aclara que a la fecha la UNCUYO se encuentra a la espera de una respuesta a una consulta vinculante efectuada a la AFIP que brinde mayores detalles sobre los cambios de criterio producidos en la normativa, por lo cual las diferencias que pudieran surgir serán ajustadas en la correspondiente liquidación anual y/o informativa del Impuesto a las Ganancias período fiscal 2023, según lo establecido en la Resolución General AFIP 4003/2017 o en el momento que lo disponga expresamente.