El CONICET entiende que estos subsidios se otorgan para complementar, facilitando el intercambio de actividades científicas y tecnológicas con la contraparte, los proyectos de investigación plurianual aprobados y en ejecución de la institución y de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica (ANPCyT).
Esta convocatoria atenderá solicitudes para proyectos bienales de cooperación y visitas científicas anuales, en el marco de los convenios vigentes y en la cantidad de actividades que se detallan a continuación:
Proyectos Conjuntos:
• Con la NSF de Estados Unidos de Norte América hasta 8 proyectos. (convocatoria anual)
• Con la FWF DE Austria hasta 6 proyectos
• Con el CNPq de Brasil hasta 8 proyectos
Visitas Científicas:
• Con la DAAD de Alemania hasta 5 visitas
• Con la ACRPC de China hasta 3 visitas
• Con la JSPS de Japón hasta 3 visitas (no podrán ser beneficiarios de este financiamiento, quienes hayan realizado una visita en el marco de este acuerdo en los últimos 3 años)
3. Requisitos:
Proyectos Conjuntos:
El titular del financiamiento de cooperación deberá ser un investigador de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico del CONICET o de otra institución con formación equivalente y ser titular o integrante de un Proyecto aprobado, en ejecución y financiado por el CONICET o la ANPCyT. Cuando quien se presente como titular del subsidio de cooperación no sea el titular del Proyecto PIP O PICT, se requerirá el aval de este último.
El titular solicitante del subsidio de cooperación podrá participar, en esta convocatoria, con una única presentación y en el marco de un único convenio.
Podrá ser beneficiario del intercambio hacia el exterior cualquier investigador o becario que integre la solicitud. En cada año de ejecución del proyecto el beneficiario del intercambio, no podrá ser el mismo.
Visitas Científicas:
El titular del subsidio de cooperación deberá ser un investigador de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico del CONICET o de otra institución con formación equivalente y ser titular o integrante de un Proyecto del CONICET o de la ANPCyT aprobado, en ejecución y financiado por el CONICET o la ANPCyT. Cuando quien se presente como titular del subsidio de cooperación no sea el titular del Proyecto PIP O PICT, se requerirá el aval de este último.
El titular del subsidio podrá participar, en esta convocatoria, con una única presentación y en el marco de un único convenio.
Podrá ser beneficiario del viaje cualquier investigador o becario integrante de la solicitud.
4. Destino del subsidio:
A aquellas solicitudes que resulten aprobadas por el Directorio del CONICET se les otorgará financiamiento, a través de los Administradores de Fondos o Delegados que correspondan, que deberá ser administrado y rendido de acuerdo con la normativa y los plazos vigentes en la Institución. Estos subsidios estarán destinados a solventar los gastos corrientes que se detallan a continuación de acuerdo con los montos que establecen las Resoluciones D. Nº 1510/00 1061/02 1541/07 y 963/09.
Proyectos Conjuntos:
• Monto para el pasaje internacional y seguro de salud de un investigador argentino para cada año de ejecución del proyecto conjunto.
• Hasta un máximo de 30 días de viáticos para el investigador de contraparte en cada año de ejecución del proyecto conjunto.
NOTA: En los Proyectos Conjuntos CONICET/NSF cada una de las instituciones se hará cargo del costo del pasaje y de los viáticos de sus respectivos investigadores.
Visitas científicas:
• Monto para el pasaje internacional y seguro de salud de un investigador argentino.
5. Evaluación de las solicitudes:
Las solicitudes serán evaluadas por una comisión ad-hoc, presidida por el Presidente del CONICET, e integrada por los Vicepresidentes y los responsables de las Grandes Áreas, que recomendará un orden de mérito para cada uno de los convenios incluidos en la presente convocatoria. El Directorio aprobará las solicitudes de Proyectos Conjuntos y Visitas Científicas de acuerdo con las cantidades indicadas en el marco de cada convenio.
6. Formularios y presentación de solicitudes:
Los formularios para la presentación de solicitudes para Proyectos Conjuntos y Visitas Científicas se pueden obtener aquí.
Para Proyectos Conjuntos se deberá presentar dos ejemplares debidamente completados, con las correspondientes firmas y el currículo del titular y los beneficiarios del intercambio, y en el caso de las Visitas Científicas, adjuntar también una copia de la solicitud traducida al inglés (puntos 1 Y 2) y currículo del beneficiario del viaje abreviado y en inglés. En ambos casos, las solicitudes deberán presentarse en capeta de cartulina color a elección.
SE DEBERÁ TAMBIEN ENVIAR EN AMBOS CASOS(PROYECTOS Y VISITAS) VIA E-MAIL, EL FORMULARIO COMPLETO A LA SIGUIENTE DIRECCIÓN: coopint@conicet.gov.ar
Las solicitudes deberán ser entregadas en la Mesa de Entradas del CONICET, Rivadavia 1917, P.B., Capital Federal (C.P. 1033) desde el 14 de septiembre de 2009 hasta el 30 de octubre de 2009 o remitidas por correo en las fechas indicadas a la dirección mencionada.
NO SERÁN TENIDAS EN CUENTA AQUELLAS SOLICITUDES QUE INGRESEN A LA MESA DE ENTRADAS CON FECHA POSTERIOR A LA DEL CIERRE DE LA CONVOCATORIA. PARA LAS PRESENTACIONES HECHAS DESDE EL INTERIOR DEL PAÍS, SERÁ TENIDA EN CUENTA LA FECHA DEL SELLO POSTAL QUE FIGURE EN EL SOBRE.
En el caso de los proyectos conjuntos, las solicitudes deberán ser presentadas por los investigadores de contraparte en las instituciones habilitadas en sus respectivos países, de acuerdo con los requisitos y fechas acordadas por las mencionadas instituciones. Sólo la aprobación por ambas partes permitirá la ejecución de la actividad que resulte evaluada favorablemente. El título o denominación del Proyecto deberá ser el mismo para la solicitud en Argentina como en el de la contraparte.
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