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Cuando la nuevas tecnologías se interponen con la privacidad

El manejo de los datos personales en Internet. El Estado Argentino intentó otra forma de violación de derechos.

13 de mayo de 2005, 18:46.

Las nuevas TIC (Tecnologías de la Iinformación y la Comunicación), como Internet o la telefonía celular, aseguran ciertos derechos como la libertad de expresión, y sirven al desarrollo económico de los países. Pero sin una buena regulación se pueden transformar en violaciones a los derechos.

Hay casos donde se exhiben y accede a datos personales sin la menor barrera como en los servicios públicos, donde, en el caso de América Latina, tenemos acceso a patrones electorales (Consejo Nacional Electoral de Venezuela), registros de la propiedad (Registro Nacional de Costa Rica), información bancaria (cheques sin fondo, en el Banco Central de la República Argentina), información judicial sobre procesos iniciados, audiencias, personas procesadas, por ejemplo en el Tribunal de Justicia de Estado de Paraíba, Brasil), jurisprudencia (por ejemplo en el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela), registros tributarios (Servicio de Rentas Internas de Ecuador), etc.

En estos servicios públicos en línea, se destacan los sitios de los Poderes Judiciales, muchos sitios colocan buscadores por nombres o listas que se difunden periódicamente con casos iniciados o citaciones a audiencias. Los sitios contienen nombres y apellidos de los litigantes, testigos, abogados, peritos e incluyen acusaciones penales. Un caso es N.N.c. (Corporación Administrativa del Poder Judicial de Chile).

Otro lugar donde se almacenan datos personales es en las empresas privadas que crean bases de datos de deudores y son quienes están concentrando la mayor información personal. Estos servicios están promovidos para facilitar el acceso al crédito, hasta llegan a denominarse: democratización del crédito.

En Latinoamérica la legislación que los regula es incompleta y a veces hasta inexistente. Pues no está claro qué tipo de información pueden almacenar y vender, cómo informar al interesado que sus datos han ingresado, cuánto tiempo pueden mantenerla y cuáles son las condiciones para quitarla.

Empresas como Datum (Costa Rica) y CICLA S.A. (Centro de Información Crediticia de las Américas, de Rep. Dominicana) ofrecen directamente información judicial. Algunas empresas bajan sistemáticamente información publicada en sitios que ofrecen servicios públicos.

Existen sistemas de crédito que se han autorregulado y establecen qué información almacenan y a quiénes la venderán. Por Ejemplo en Brasil la Asociación  Comercial de San Pablo (que ofrece el Servicio de Protección al Crédito) en su reglamento interno limita el contenido de su base de datos a los registros de débitos en atraso informados por sus asociados durante los últimos 5 años (artículo 22). Otro ejemplo similar lo da el Reglamento Interno del Servicio de Protección al Crédito de la Asociación Comercial e Industrial de Unaí, Minas Gerais, en Brasil.

En cuanto a la libertad de expresión no se conoceel límite con respecto a la invasión de la intimidad o privacidad, o la difamación. En América Latina no estamos en condiciones de sancionar los excesos. Por ejemplo, en el caso argentino de José G. Romano Larroca y Editorial Perfil S.A., la indemnización más alta concebida es por invasión a la intimidad y es irrelevante su efecto disuasorio en el negocio editorial.

Un intento mal enfocado de regulación en la Argentina

El presidente Kirchner tuvo que derogar el artículo 25.873 de la Ley de Telecomunicaciones 19.798 que obligaba, desde el 31 de julio, a los proveedores de Internet a almacenar por 10 años los datos de sus clientes, incluidos los contenidos de sus chats y correos electrónicos para que estén a disposición de la justicia, más específicamente de la Secretaría de Inteligencia del Estado.

La iniciativa del gobierno fue fuertemente cuestionada por juristas y la oposición, lo que lo obligó a echarse atrás.

Esta ley pondría en manos del Estado información sobre una parte importante de los ciudadanos. Donde no sólo serían espiados los delincuentes (fin que se busca al postular esta ley), sino todos los usuarios que requieren del Estado, más que una vigilancia, la protección de sus datos. Esto se podría lograr mediante la exigencia de la autorregulación de los sitios en Internet de los Poderes Judiciales, la creación de legislación específica para los sistemas de riesgo crediticio y el fortalecimiento del sistema judicial para aplicar sanciones civiles y penales, en casos de violación de la privacidad o abuso de la libertad de expresión.    

Victoria Alós

victoriaalos@argentina.com

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