Considerando:
1. Que la Organización Mundial del Comercio, OMC a través del Acuerdo General sobre Comercio y Servicios (GATS) ha incluido a la educación, y en especial a la educación superior y a la educación de adultos, como uno de los servicios susceptibles de ser comercializados en los mercados transnacionales.
2. Que considerar a la educación como una “mercancía” es desnaturalizar sus fundamentos y su función en la sociedad, puesto que ella hace parte de la cultura de las naciones y es patrimonio insoslayable de los países como base constitutiva de su nacionalidad.
3. Que debe prestarse atención a los peligros que representan para los sistemas nacionales de educación en general y para las universidades en particular las llamadas “obligaciones incondicionales”; así: A) la regla de la “nación más favorecida” que obliga a un tratamiento igualitario y uniforme a todos los proveedores extranjeros, y en virtud de la cual si un país autoriza la presencia extranjera en un sector debe acordar posibilidades iguales en el mismo a los proveedores de todos los países miembros de la OMC. De lo que se desprende que si una Universidad extranjera llegara a establecer una oficina, un programa o un campus en un país, éste debería otorgar a todos los demás miembros de la OMC el mismo tratamiento. B) la regla del “trato nacional”, por la que la entidad extranjera que provea servicios educativos no podrá ser discriminada y tendrá por tanto acceso a todos los recursos que cada país destine para financiar la educación superior, así como las demás prerrogativas que originalmente se establecieron en favor de las Universidades nacionales.
4. Que la situación descrita ha motivado protestas expresadas en los pronunciamientos públicos de organizaciones tales como la Association of Universities and Colleges of Canada; el American Council on Education (EE.UU.); la European University Association y el Council for Higher Education Accreditation (EE.UU.), la III Reunión Cumbre de Universidades Públicas Ibero-americanas (integrada entre otras por la Asociación de Universidades Grupo Montevideo (AUGM), Asociación Brasilera de Rectores de Universidades Públicas Estatales y Municipales (ABRUEM), Asociación Nacional de Dirigentes de Instituciones Federales de Enseñanza Superior (ANDIFES) e Instituto Latinoamericano de Educación para el Desarrollo (ILAEDES)) y la Internacional de la Educación que comprende a 26 millones de miembros.
5. Que en Junio de 2003, en la Conferencia de Seguimiento de la Conferencia Mundial de Educación Superior (CMES) celebrada en Paris en 1998, delegados de diversas instituciones relacionadas con la educación superior de América Latina y el Caribe, presentaron al Director de la División de Educación Superior de la UNESCO, un documento en el cual se cuestionaron algunos conceptos recogidos inicialmente en el informe del Relator General los que, sin haber sido discutidos, se planteaban sin embargo como conclusiones de la referida Conferencia de Seguimiento. Dichos conceptos apuntaban a eliminar el atributo de pertinencia de la educación superior en su vinculación con la realidad de cada nación, remitía la salvaguarda de la calidad de la oferta educativa a una entidad supranacional, y se reducía entonces el papel de los Estados nacionales a la simple convalidación de lo resuelto por ésta.
Por todo lo anterior,
Declara:
1. Que si hoy día el conocimiento ha llegado a ser la principal fuente de creación de riqueza, éste debe ser puesto al servicio de la humanidad para lograr mejores niveles de vida y de bienestar y por tanto no es aceptable la ampliación de la brecha existente entre quienes producen y controlan la utilización del conocimiento y los que se hallan excluidos, incapaces de darse los medios para producir el saber y administrar su justa utilización.
2. Que la globalización es un hecho irreversible mas ello no debe implicar un desdén por las tradiciones culturales y autóctonas de los países. La educación constituye un vehículo insustituible para el desarrollo de las naciones y es un elemento fundamental de la afirmación de las identidades culturales, por tanto no puede ser considerada como simple mercancía dentro de un mercado mundial.
3. Que la liberalización del comercio internacional no puede ni debe menoscabar los esfuerzos que hacen los países para desarrollar y mejorar sus propios sistemas de educación superior, por tanto:
A. Renueva su compromiso con el desarrollo de una educación superior de calidad y pertinente a las realidades de nuestro continente y exhorta a las autoridades de las universidades afiliadas a la UDUAL a actuar ante sus gobiernos para que ellos no consideren a la formación superior como simple servicio comercial o mercancía, negociable en tratados que desconocen la verdadera naturaleza de la Universidad y por lo tanto debe ser excluida de las negociaciones.
B. Manifiesta su voluntad de colaborar con las instituciones de educación superior de América Latina en la constitución de espacios académicos abiertos al mundo y comprometidos con los destinos regionales, al tiempo que les hace un llamamiento para que no sean simples espectadoras frente a la situación descrita en la presente Declaración y mas bien se conviertan en defensoras de la cultura y la identidad nacionales, promotoras de los derechos inalienables de las personas y de la justa aspiración de los pueblos al bien común.
C. Ratifica su compromiso por desarrollar una universidad latinoamericana donde la autonomía y la libertad académica no puedan ser puestas en entredicho por criterios de mercado; que convoque a las mentes mas resueltas y a los corazones más generosos; que se destaque por su papel orientador en las ciencias, las artes y las letras; donde se preserve la búsqueda incesante de la comprensión de lo particular y de lo universal, de lo propio y de lo diverso; que enseñe a nuestras naciones el provecho inagotable de la tolerancia y que sea capaz de propagar una nueva y más profunda idea de justicia y que, para nuestro continente, se constituya en escuela de ciudadanía y hogar de la paz y la solidaridad.
Tunja, mayo 8 de 2004