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El futuro de Bolivia empantanado en el Congreso

Mediante crecientes presiones, los empresarios y la derecha de Oriente dificultan la salida institucional de Bolivia.

Los cálculos electorales e intereses partidarios, regionales y personales comienzan a obstaculizar el camino de la renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo. Asimismo, comenzó un debate sobre la conveniencia de convocar o no a la Asamblea Constituyente antes de las elecciones generales.

Los parlamentarios discutieron en la sesión del 29 de junio diferentes opciones, que giran alrededor del futuro del jefe de Estado.

Una de ellas, según la propuesta encabezada por el MAS, el NFR, congresales de Chuquisaca y brigadas de otras regiones de Occidente, mociona que el presidente Eduardo Rodríguez debe ampliar su período de mandato hasta el 2007, conduciendo el proceso de la Asamblea Constituyente durante 2006, previa elección de asambleístas a fin de este año aunque convocando en 2007 a elecciones generales bajo los preceptos de una flamante Carta Magna.

Sin embargo, el presidente del Congreso, Hormando Vaca Díez, rechazó esa posibilidad, adyciendo que Rodríguez es sólo un gobernante de transición, responsable de llamar a elecciones de inmediato.

Otra proposición, apoyada por congresales de diferentes partidos, es que Rodríguez convoque a elecciones generales el 6 de agosto sin que se realice ninguna modificación a la Constitución.

La derecha comprometida con los regímenes de los últimos años, expresada en el MNR, el MIR, el Comité Cívico de Santa Cruz y diputados de las brigadas de Tarija proponen aprobar una ley especial de convocatoria a elecciones generales para fin de año, que a la vez disponga un plazo perentorio de 60 días para que el Poder Legislativo convoque a la Asamblea Constituyente, para reformar la Constitución y a un referéndum por las autonomías.

Pese a que en los últimos días Vaca Díez y las autoridades del Ejecutivo aseguraban que dentro del Parlamento se había conseguido un consenso para garantizar el adelanto de las elecciones; el 28 de junio, en cuanto empezaron las sesiones, quedó en evidencia que no existe ningún acuerdo sobre este tema y que, por el contrario, hay dos bloques enfrentados a favor y en contra del proceso electoral.

El Congreso inició sesiones extraordinarias el 28 de junio a fin de legalizar la convocatoria anticipada a elecciones generales.

Existe un visible temor en los parlamentarios de algunos partidos de enfrentar un inmediato proceso electoral, porque -sostienen- no están preparados para someterse al voto popular. Por ese motivo apuestan a que se posterguen las elecciones hasta 2007.

El jefe del MAS, Evo Morales, que tras la renuncia de Carlos Mesa el 6 de junio, había exigido la inmediata convocatoria a elecciones para renovar el sistema político como paso fundamental para superar la crisis nacional, ahora exige la postergación de las elecciones hasta el 2007.

Ya nadie discute la inminencia del acortamiento de mandato parlamentario, la polémica pasa en estos momentos por saber si el virtual cierre del Congreso servirá para una renovación más de los poderes constituidos o para la instalación de la Asamblea Constituyente.

Desde la derecha, el MNR, el MIR y la brigada parlamentaria cruceña sostienen la necesidad de elecciones generales como única salida a la crisis; mientras que el MIP, la NFR y la brigada parlamentaria de Sucre propugnan la necesidad de una profunda reforma estatal en el marco de la Constituyente.

Quedan pendientes de tratamiento parlamentario, la reducción de los mandatos de los legisladores y el adelanto de las elecciones generales a través de la modificación del artículo 93 de la Constitución y convocar en el plazo de seis meses a los comicios que renovarán totalmente los Poderes Ejecutivo y Legislativo, como complemento al proceso de transición gubernamental que encabeza el presidente Rodríguez.

La aplicación del artículo 93 de la Ley 2410, de Necesidad de Reformas a la Carta Magna, fue aprobada el 1 de agosto de 2002 y señala: “Cuando la Presidencia y Vicepresidencia de la República quedan vacantes, harán sus veces el presidente del Senado y en su defecto, el presidente de la Cámara de Diputados y el de la Corte Suprema de Justicia en estricta prelación. En este caso, se convocará de inmediato a nuevas elecciones generales que serán realizadas dentro de los siguientes 180 días de emitirse la convocatoria”.

La exigencia de NFR y la brigada de Sucre para que primero se convoque a la Asamblea Constituyente y la propuesta del MAS para que se apruebe una resolución de acortamiento de mandato de los parlamentarios, evitó que el 28 de junio el Congreso tome una decisión sobre la renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo.

Sin el apoyo de la bancada de NFR, compuesta por 27 parlamentarios, ya había comenzado a tambalear el proyecto para acelerar la convocatoria a las elecciones generales. Al haberse sumado los 14 miembros de la brigada chuquisaqueña, la situación se puso más complicada.

Para entender más cabalmente este entramado de la agenda nacional, vale la pena recordar que la ley de convocatoria a elección de postulantes a la Asamblea Constituyente, es una demanda mayoritaria proveniente de las recientes protestas sociales que derivaron en la renuncia del presidente Carlos Mesa.

El mandato transitorio que le otorga la Constitución al presidente Rodríguez le indica que debe convocar a elecciones a más tardar en diciembre.

La realización del referéndum sobre autonomías departamentales, es un reclamo de los derechistas comités cívicos, liderados por el empresariado oriental y solicitado por la Corte Nacional Electoral (CNE).

Y la postergación o no de la elección de prefectos, fue convocada por el ex presidente Carlos Mesa para el 12 de agosto, los movimientos cívicos de los departamentos de oriente (Santa Cruz, Tarija, Beni y Pando) insisten en esa fecha y ratifican la amenaza de realizar el mismo día un referendo autonómico en forma unilateral.

Según la CNE, la elección de prefectos es ilegal. La Constitución vigente no prevé esa figura ni establece atribuciones de esas autoridades, actualmente meras dependencias presidenciales. Además –argumentan– no se justifica porque los elegidos solamente ejercerían hasta la asunción del próximo gobierno nacional. La CNE admitió el carácter conflictivo de presiones regionales en pro de elecciones para prefectos y por un referendo autonómico, que dificultan un acuerdo político de salida a la crisis boliviana.

Los poderes Ejecutivo y Legislativo son los únicos órganos que poseen la facultad de postergar este comicio, según un decreto supremo y en una ley.

Mientras el MNR, la ADN, el MIR, la NFR, los cívicos andinos, los la media luna y los alcaldes proponen que las elecciones para prefectos se mantengan para el 12 de agosto, el MAS y los sectores aglutinados como Pacto de Unidad, creen que no deberían llevarse adelante por ser una pérdida de dinero en los seis meses previos a la presidencial.

Respecto del referéndum para las autonomías, el NFR, el MAS y la brigada chuquisaqueña consideran que el asunto debe tratarse dentro de la Constituyente. Las elites empresariales de los departamentos oriental de Santa Cruz y sureño de Tarija, rechazan la constituyente en la medida que pueda modificar el modelo económico neoliberal vigente.

Pero ni los cívicos cruceños están dispuestos a aceptar prórrogas a su demanda de referéndum autonómico antes de la Constituyente, ni los movimientos sociales, incluido el MAS, resignarán su demanda prioritaria de Asamblea Constituyente.

Los abogados constitucionalistas José Luis Gutiérrez Sardán y Benjamín Miguel Harb coincidieron con diversas organizaciones sociales en que la prioridad debe ser la Asamblea Constituyente. Esta debería definir el mecanismo de las elecciones generales, las autonomías y los comicios regionales.

Según la advertencia del abogado constitucionalista, ex ministro de Justicia y ex diputado del MIR, Luis Ángel Vásquez Villamor, la elección de prefectos convocada por el gobierno del ex presidente Carlos Mesa es inconstitucional, ya que el mecanismo de elección definido por la Carta Magna limita sólo al Jefe de Estado la capacidad de designación de estas autoridades y no autoriza su elección mediante voto popular.

Ariel Kriwicky
akriwicky@perio.unlp.edu.ar

APM/Agencia Taller

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