Saltar a contenido principal Saltar a navegación principal

Fallo judicial devuelve más de 4 hectáreas a la UNCuyo

La Justicia Federal de Mendoza rechazó la pretensión de un grupo de particulares que, por vía de la prescripción adquisitiva, pretendían obtener un título supletorio sobre terrenos de la Universidad.

26 de junio de 2018, 12:33.

imagen Fallo judicial devuelve más de 4 hectáreas a la UNCuyo

Fallo judicial devuelve más de 4 hectáreas a la UNCuyo.

La Universidad Nacional de Cuyo comunica que el 25 de junio, el Segundo Juzgado Federal de Mendoza rechazó la demanda de Samuel Eduardo Flores Henríquez, María Lastenia Quidel Quinchalmal, Silvia Nélida Sifon, Juan Benito Sánchez, Víctor Miranda y Víctor Hugo Rojas contra esta Casa de Estudios.

Se trata de la sentencia número 24028746/2005 emitida y suscripta por el juez federal subrogante, doctor Marcelo Garnica, en la demanda por prescripción adquisitiva iniciada por los actores mencionados en el año 2004, pretendiendo así obtener título supletorio de una porción de terreno equivalente a 4 hectáreas y 1020,33 metros cuadrados cuya propiedad corresponde a la Universidad Nacional de Cuyo.

A partir 2014, luego de una prolongada inacción procesal, por intermedio de la Dirección de Asuntos Legales se procedió a sustanciar la prueba pendiente de producción para lograr el rechazo de la demanda, incluyendo los informes de dominio debidamente certificados que acreditaron en la causa el carácter público del mismo.

El impulso procesal a cargo de la gestión que encabeza el rector Daniel Pizzi, incluyó emplazamientos que finalizaron con la caducidad de la prueba pendiente de producción ofrecida por los actores de juicio.

A pesar de reiteradas denuncias infundadas de supuestas turbaciones que eran formuladas por los actores, con el solo ánimo de entorpecer el avance procesal de la causa, se superó la etapa procesal de sustanciación para concluir el proceso con la presentación de alegatos formulados en mayo de 2017.

En dicha oportunidad procesal, la UNCuyo destacó el antecedente jurisprudencial del denominado caso “Vila”, que finalmente fue reproducido en la sentencia de rechazo.

Al respecto se argumentó que no hallándose discutida la titularidad de los terrenos en disputa, debido al carácter de dominio público del Estado Nacional (caracterizado por su inalienabilidad e imprescriptibilidad), la prescripción resultaba improcedente al no haber existido, respecto del  predio objeto de la demanda, un acto de desafectación formal ni actos o hechos de los cuales derive ese efecto.

Las razones jurídicas invocadas por esta Casa de Estudio en su defensa fueron mayoritariamente reproducidas en la sentencia concluyendo con el rechazo de la acción de prescripción adquisitiva deducida por los actores.

Contenido relacionado