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Los Andes: Distinción sanmartiniana para 15 mendocinos

La Legislatura volvió a llenarse de aplausos y palabras de reconocimiento. Los destinatarios fueron las 15 personalidades mendocinas que recibieron la distinción sanmartiniana, en el homenaje anual al Libertador José de San Martín. El recinto de sesiones y el salón de los Pasos Perdidos estuvieron colmados de familiares y amigos de los galardonados por “su labor y aporte a la sociedad que compadecen con los valores de San Martín”, según consideró el jurado.

18 de agosto de 2005, 14:54.

Una comisión integrada por senadores, diputados, representantes de la UNCuyo, Cricyt, Ministerio de Turismo y Cultura y Círculo de Periodistas decidió premiar con una estatuilla del General San Martín, hecha en bronce macizo, al pediatra y referente social Roberto Chediak, el fotógrafo Máximo Arias, el artista plástico José Martí, la profesora de música y cantante Hebe Yacante, el profesor de Física, Matemática y Cosmografía, Arnold Gusberti. También los vecinalistas Juan Giovanni Elías (post mortem) y Silvano Savoy, un carpintero que impulsó escuelas nocturnas para los mayores que trabajan; el luthier Walter Morato, que ha trabajado en la formación de centros culturales; la mecenas y gestora de artistas plásticos Berta Golcman de Roitman, el guitarrista Hugo “Chacho” Bustos, el médico Euser Sticca, la docente y presidente de la Cooperadora del Notti Mirta Trevisan de López Jonte, y la escritora Norma Acordinaro, cuyas obras estuvieron abocadas a la defensa del arbolado autóctono mendocino.
Por su vocación de servicio, se suman a la lista Julio Sarmiento, un cartero jubilado de Luján de Cuyo y el cantante de boleros Polo Márquez.
Cuatro de los galardonados (Arias, Golcman de Roitman, Morato y Bustos) cobrarán a partir del año que viene una pensión graciable de 500 pesos cada uno. La ley 6.010 contempla la posibilidad de otorgar 4 pensiones por año a los mayores de 62 años que no perciban jubilación, pensión o beneficio similar que exceda de 500 pesos; no cuenten con ingresos provenientes de su trabajo, oficio o profesión. En caso de fallecimiento, el beneficio se extiende al cónyuge.

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