El acuerdo estipula en su cláusula quinta: “La Fundación acepta en forma expresa que deberá ingresar a la partida de Recursos Propios de la Universidad Nacional de Cuyo un 3% de la recaudación por facturación que se genere por la actividad derivada de acuerdos que incluyan aspectos económicos-financieros”.
En cuanto a la imagen institucional, el octavo punto establece que la FUNC está autorizada a usar el nombre, escudo y demás emblemas representativos de la imagen institucional de la Universidad, símbolos que son de su propiedad exclusiva.
Por último, su noveno artículo destaca: “La propiedad de los resultados que se logren a través de trabajos realizados en virtud del presente convenio, será determinada en cada caso concreto. Se podrá autorizar la publicación en forma conjunta o por cada una de las partes, con indicación de origen y autoría. Asimismo, en la realización de proyectos de investigación y desarrollo y en otras actividades en que intervengan ambas partes, se consignará la participación correspondiente a la titularidad de los posibles registros, y a la participación en los beneficios de la explotación conforme a lo dispuesto por la Ordenanza 65/09-C.S.”