Lo afirmó la Cámara Federal al fundamentar el sobreseimiento de dirigentes estudiantiles
Para la Justicia, la ocupación del Rectorado de la Universidad de Buenos Aires (UBA) no constituye un delito.
Así lo determinó la sala I de la Cámara Federal al dar a conocer los fundamentos del sobreseimiento de diez dirigentes y militantes de la Federación Universitaria de Buenos Aires (FUBA), que en mayo del año pasado habían irrumpido en la sala de sesiones del Consejo Superior, tras forzar el portón de entrada, e impidieron durante más de dos horas la salida de los decanos y consejeros de la universidad.
El hecho ocurrió el 28 de mayo de 2008, cuando un centenar de alumnos protestaba para exigir la continuidad de la sede del Ciclo Básico Común (CBC) localizada en Merlo, que había sido desactivada.
El tribunal consideró que los militantes estudiantiles actuaron "de manera abrupta, desprolija e irreverente, mas no delictiva", de lo cual se desprende que no corresponde avanzar en la actuación penal que había iniciado el rector de la UBA, Rubén Hallú.
El peso del precedente
El fallo de la cámara, firmado por los magistrados Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah, revoca el procesamiento que en noviembre había dictado el juez Octavio Aráoz de Lamadrid, al imputarles el delito de secuestro coactivo agravado, y marca un precedente importante en la jurisprudencia, dado que las anteriores tomas estudiantiles en la universidad, como las promovidas hace tres años cuando se impidió la elección del rector de la UBA, no tuvieron pronunciamiento judicial.
El sobreseimiento había sido anunciado en diciembre último -tal como publicó LA NACION-, pero los fundamentos se conocieron ayer, tras la feria judicial de enero. La medida de la cámara beneficia a los dirigentes estudiantiles Cristian Henkel, María Damasseno, Agustín Vanella Bengolea, Pablo Rodríguez, Santiago Gima, Leonardo Perna, Mariela Solesio, María Laura Casal, Néstor Raia y Roberto Díaz Fridman.
Si bien la UBA presentó la denuncia penal, no se constituyó en su momento como querellante, por lo que no podrá apelar el fallo, según explicó ayer a LA NACION el secretario general de la universidad, Carlos Mas Vélez. Sólo podría apelar el fiscal de la cámara.
Señales de delito
"Nos llamó la atención que los jueces establecieran la inexistencia de delito, ya que hubo puertas forzadas, rotura de vidrios y personal de la universidad que no podía salir del recinto si no firmaba un compromiso de acceder a las pretensiones de los manifestantes", dijo Mas Vélez, disconforme con el fallo.
Tras señalar que hubo un claro daño al patrimonio de la universidad, el colaborador del rector Hallú afirmó que "el Consejo Superior de la UBA siempre fue tolerante con las manifestaciones estudiantiles y soportó situaciones anómalas, como la de sesionar con la presión de fuertes protestas sobre las espaldas de los consejeros".
El tribunal reconoce en el fallo que "existió un conflicto, pero no un conflicto de los que le interesen al derecho penal". Y señala que "la regla para la deliberación de los órganos universitarios era la publicidad" y el principio de que "los estudiantes cogobiernan la universidad".
Los jueces justifican la protesta de los estudiantes en el interés y el temor que tenían ante el eventual cierre de la sede de Merlo.
Más allá del reclamo judicial, Mas Vélez advirtió sobre el riesgo que significaría interpretar el fallo del tribunal como "una legitimación de la acción violenta".
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22 de noviembre de 2024