El Gobierno detecta prácticamente un caso por día de algún docente que trabaja en incompatibilidad horaria o con superposición de cargos.
En un año se han encontrado 300 casos de docentes que han fraguado sus declaraciones juradas para tomar más horas de la que el Estado autoriza o sumar más cargos de los están permitidos o, lo que es peor, mantienen superposición de cargos.
Si se compara esta cantidad con el número total de docentes que acumula el Estado, la cifra parece insignificante. En el Estado hay un plantel de 36.000 educadores que trabajan como titulares o suplentes desde el Nivel Inicial hasta el Nivel Superior no universitario. Según las cifras proporcionadas por la Dirección de Recursos Humanos de la DGE, a cargo de Carlos Guajardo, sólo el 1% de los docentes han cometido irregularidades.
Pero el sistema de control tiene grandes agujeros. La red no cruza datos con Educación Privada, desde Nivel Inicial hasta el Nivel Universitario, ni tampoco con la totalidad de la educación que se imparte a nivel municipal. Si bien comparte datos con el plantel docente de los colegios de la UNCuyo, no lo hace con las once facultades dependientes de esa universidad.
En el sector privado, desde el Nivel Inicial hasta Nivel Terciario, dan clase alrededor de 5.400 docentes. Según las cifras relevadas a fines del 2003 por la Dirección de Estadísticas, el sector privado acumula cerca de 4.500 cargos docentes y cerca de 55.000 horas cátedras. A esta masa educativa los controles aún no llegan.
Tampoco de hace entrecruzamiento de datos con las siete universidades privadas ni con la otra universidad estatal además de la UNCuyo, la UTN.
Sumarán a los privados
Consciente de estas falencias, el Estado intentará sumar a la red de control a los colegios privados que reciben subvención del Estado; de un total de 843 escuelas privadas, 313 reciben aportes de la provincia. Como el gobierno escolar tiene las bases de datos de la cantidad de personal de esas escuelas, le resultará más fácil sumar esos docentes a la red de control. Se trata de hacer una serie de enlaces informáticos.
Del resto del sistema no hay posibilidades de hacer barridos.
Guajardo, no obstante, destacó que pueden detectar incompatibilidades con otras reparticiones públicas del Estado, por ejemplo con el personal que trabaja en otros ministerios. De hecho, si una persona es empleada administrativa en un ministerio o es médico en un hospital y además es profesor no puede dar la misma cantidad de horas que un docente sin cargo (ver reglamentación legal).
El tipo de irregularidad más común es tomar horas en exceso. Según el cargo, los niveles o las responsabilidades, hay un ordenamiento de carga horaria. Pero los casos más graves tienen que ver con la superposición de cargos;puede darse por ejemplo el caso de un docente que tiene un cargo en una escuela y toma una suplencia en la que se le superponen los horarios, se arriesga así a dos opciones: llega tarde a una o se va antes de la otra.
En ambos casos –resalta Guajardo– “la falta es grave porque el docente tiene que fraguar un documento público como es la planilla de declaración jurada”. Por lo tanto le cabe una serie de sanciones que llegan hasta la cesantía. (ver infograma).
¿Por qué el Gobierno regula la cantidad de horas y cargos que puede tener un docente?
El objetivo de regular por ley la cantidad de trabajo que el educador puede concentrar –según explicó el director de Recursos Humanos– es un modo de distribuir en forma equitativa la oferta laboral y de garantizar la calidad educativa puesto que si un docente toma una cantidad desmesurada de horas y tiene dificultades para trasladarse de una escuela a otra o por la cantidad de horas no puede preparar sus clases, se resiente la calidad de la enseñanza y en definitiva decae el nivel del sistema educativo.
Duch: “Era un secreto a voces”
El actual sistema de control se ideó durante el 2000 cuando Hugo Duch estaba al frente de la DGE . “En ese momento era un secreto a voces que existían irregularidades. Se encontraron docentes que tenía hasta 110 horas cátedras concentradas”, recordó el ex jefe de escuelas. Por eso se ideó un sistema informático que permitía unificar bajo un mismo número de legajo la cantidad de horas cátedra y de cargos docentes que tiene cada profesor.
En el buscador del programa se ingresa el número de legajo, el CUIL o el apellido, y salta una radiografía de su actividad laboral, siempre que sean horas o cargos que pague el Estado. Permite ver el detalle de cantidad, escuelas, cargos que posee y si son titulares o suplentes.
El sistema en realidad se conformó para organizar la liquidación de sueldos. La creación del sistema estuvo a cargo de Marcelo Canistra, funcionario que ahora trabaja en el Ministerio de Hacienda, armando un programa parecido.
Cuando se hizo el primer barrido se confeccionó un ranking de profesores que acumulaban una cantidad de horas imposible de dar. Luego se publicó el listado de docentes que presentaron irregularidades en internet, en la página del gobierno, recordó Duch y el técnico Canistra.
El barrido se comenzó en el nivel superior porque era el área donde los docentes podían tener una carga horaria asignada para capacitación e investigación, es decir les pagaban por hacer cursos de capacitación o llevar adelante investigaciones. Era el motivo por el sumaban una gran cantidad de horas. Luego se siguió con el nivel medio. El sistema marcó un hito en la informatización de la información de Estado.
Cómo hacen las trampas
Un profesor puede tomar más horas de las que la ley permite porque omite algún cargo u horas en la declaración jurada que debe ser presentada cada vez que se postula para una suplencia.
Ese formulario es emitido por la resolución 199/02 y se encuadra en la Ley 6.929 que regula la actividad docente.
En ese documento el docente consigna todos su datos personales y el registro detallado de sus trabajos como titular, suplente o contratados y las horas o cargos; todo bajo la firma del directivo de cada institución en la que trabaja.
La gran posibilidad de hacer la trampa se da en aquellos docentes que trabajan tanto en la gestión estatal como en la privada.
Pueden omitir las horas de clase o un cargo de maestro de grado o preceptor que tiene en una escuela privada, para acceder a más horas cátedra en una suplencia.
Uno de los ilícitos más comunes que se cometen es no consignar toda la cantidad de horas que realmente se dan. Por ejemplo un docente puede tener un cargo titular y presentarse para tomar algunas horas como suplente. Si son en una escuela pública corre el riesgo de que lo detecten; pero en la gestión privada es muy poco probable.
La regulación legal punto por punto
•Ley 6.929, sancionada el 18 de setiembre de 2001
•La ley abarca tanto a docentes estatales como privados de todos los niveles y modalidades.
•Reglamenta la acumulación de cargos y de horas y la incompatibilidad que de esa acumulación puede resultar.
•Para Nivel Inicial , EGB, Polimodal y regímenes especiales el máximo permitido es de 36 horas cátedra frente a alumnos. Pueden llegar a 42 horas cátedra en los siguientes casos:
–Cargos de coordinación, de tutorías, asesorías y proyectos institucionales especiales.
–En casos excepcionales de escuelas o asignaturas donde no se presenten postulantes con títulos docentes o habilitantes.
• Para Nivel Superior, hay un máximo de 48 horas (deben garantizar 70% o 75% frente a alumnos, dar postítulos, trayectos diferenciados o diplomaturas y 30% o 25% destinado a capacitación o investigación).
•El docente que tiene un cargo directivo puede tener además hasta 16 horas cátedra de Inicial, EGB y Polimodal o 20 horas de nivel superior siempre que no sean desempeñados en el mismo horario en el que se ejerce el cargo directivo.
•El docente que tiene un cargo inicial (por ejemplo un maestro de grado) puede tener 20 horas más en Nivel Inicial, EGB o Polimodal o 26 horas en el nivel superior.
• Un docente que tiene un cargo jerárquico no directivo, como jefe de sección de escuelas, jefe de trabajos prácticos o maestro secretario de nivel primario, puede tener además hasta 16 horas cátedra en media o 20 de nivel superior o un cargo de maestro de grado de escuela primaria.
• Un docente puede acumular dos cargos. Por ejemplo, está a cargo de un grado en la primaria y un cargo administrativo incluyendo tanto a la gestión privada como la estatal.
• Si tiene un cargo administrativo, privado o estatal, puede tener hasta 20 horas en el nivel medio o 26 en el nivel superior.
•Un docente jubilado puede tomar hasta 12 horas cátedra, teniendo prioridad quien no posea cargo y /o horas titulares.
•Quienes hacen ejercicio privado de la profesión, por ejemplo, un contador o un abogado, puede tener hasta 20 horas en media o 26 en el nivel superior.
•Cuando un docente es profesor terciario o universitario pero también tiene horas en otro nivel, el máximo de horas permitido no puede sobrepasar las 48.
•Un maestro titular de primaria sólo puede acceder a titularizar un segundo cargo cuando no se presente otro maestro sin cargo.
La trampa de las licencias
La Dirección General de Escuelas ha detectado irregularidades en los casos de docentes que han pedido licencia con cambio de funciones, para desempeñarse como preceptores o bibliotecarios, justificando que no pueden trabajar frente alumnos por problemas en las cuerdas vocales o psicológicos. La anomalía consiste en que a pesar del cambio de funciones, se presentan en otro turno para tomar suplencias u horas cátedra.
Por el tipo de afecciones mencionadas, no se da reducción horaria, un beneficio que sólo se le permite a quienes tienen inconvenientes físicos notorios, como problemas traumatológicos, psiquiátricos o dificultades severas de traslado.
Así se evita que alguien sea beneficiado con una reducción de sus horas de trabajo por un licencia psicológica (que es paga) y que mientras pueda aprovechar para tomar horas en otro lugar.
El sistema ideal
El sistema ideal de control sería un programa informático que enlazara la administración central del gobierno escolar con cada una de las escuelas, de modo que cada director de escuela pudiera consultar en tiempo real la situación laboral del docente en el momento del llamado a cubrir horas o cargos.
Denuncias
Además de los barridos informáticos periódicos que realiza la DGE, las irregularidades pueden ser detectadas gracias a las denuncias que hacen los propios docentes.
Nadie mejor que ellos pueden conocer los casos de ilícitos.
Son frecuentes los casos en los que en la toma de posesión de un cargo, un docente pide la impugnación por considerar que su colega está incurriendo en alguna irregularidad, por ejemplo que ya tiene otro cargo o que goza de una licencia con cambio de funciones.
Este tipo de denuncias se canaliza a través de la dirección de línea de cada nivel.
La resolución de estos casos es lenta y durante los meses que dura el docente cuestionado sigue al frente de su cargo, cobrando el sueldo, explicaron.