La Constitución garantiza el derecho de huelga, es decir que un trabajador no puede ser echado o perseguido por hacer paro. Lo que la Carta Magna no hace es decir que ese derecho incluye el cobro del salario. De allí que corresponde no pagar el día no trabajado.
Resulta extraño cuando los sindicalistas argumentan que es una extorsión gubernamental el “amenazar” con los descuentos. En realidad el funcionario que no ordena descontar está incumpliendo sus deberes de funcionario público. La mayoría no lo ordena.
La razón es bastante simple. El funcionario de turno es un “mandatario”, de un “mandante” que es el ciudadano que lo elige y que paga impuestos para pagar, entre otras cosas, los sueldos de la administración pública. Cuando se hace huelga en una escuela o en un hospital público no se le está haciendo un daño a la patronal, que muchos identifican erróneamente con el gobierno circunstancial, sino al ciudadano, que es rehén de la decisión de los trabajadores de parar y también de la inoperancia de los funcionarios que no tienen ningún motivo real para actuar con eficacia ante el paro. Es por eso que el único modo en que el funcionario puede preservar con corrección los dineros que su mandante le ha conferido es no pagando el día no trabajado.
Todo esto lo saben bien los empleados judiciales, muchos de ellos abogados o casi, y es por eso que sus paros se enmascaran cínicamente bajo la forma de “asambleas” que se realizan después de marcar la tarjeta. De ese modo dejan a salvo la formalidad de hacer aparecer en los papeles como que trabajaron y le roban al Estado, que les paga por algo que no hicieron. Algo que sería imposible en una empresa privada, donde no se puede marcar tarjeta de esta manera irregular y fraudulenta.
El año pasado la salud descontó días, lo mismo que la educación. Es difícil saber si descontaron todos los que correspondía. No lo hicieron ni la Justicia ni otras dependencias estatales. Lo hizo parcialmente la UNCuyo. Cuando esto cambie, habrá menos paros.