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Uno-Miércoles 15: Aval judicial al cupo de Medicina

La jueza federal Olga Arrabal no hizo lugar al amparo presentado por el padre de una aspirante que reprobó. Considera que el cupo es atribución de las autoridades

17 de marzo de 2006, 13:52.

La jueza federal Olga Arrabal no suspendió la orden de ingreso a la carrera de Medicina de la UNCuyo de los jóvenes que aprobaron las evaluaciones, como pretendió el padre de una aspirante que reprobó.

 

Asimismo, la magistrada estudia la cuestión de fondo del planteo judicial: que esa facultad duplique el cupo de ingresantes para estar a tono con el crecimiento de la proporción de habitantes de Mendoza, San Juan y San Luis, como fundamentó el amparista.

 

Por estas horas, desde el Juzgado Federal número 2 notificaron al Consejo Interuniversitario Nacional para que se exprese en el expediente.

 

La jueza Arrabal no hizo lugar a la pretensión del ciudadano Vicente Scaglione porque “de acuerdo al tenor de las pruebas ofrecidas en la causa y al análisis de las constancias de autos, apreciando el marco legal que resulta aplicable al tema objeto de litis, a mi criterio, no se ha demostrado prima facie la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en el acto administrativo que se ataca”.

 

El amparista cargó contra la decisión universitaria de mantener el cupo desde la década del ’50. “No se encuentra probada suficientemente la verosimilitud del derecho invocado al fundar el remedio procesal articulado”, dice la resolución.

 

Sin resolver la cuestión de fondo, Arrabal reconoce que la decisión de las autoridades de Medicina de la UNCuyo de mantener el actual cupo “es una atribución en principio sujeta a la apreciación, ponderación y decisión de las autoridades competentes, lo que supone la previa evaluación de las posibilidades materiales, funcionales y presupuestarias que señalen la conveniencia de restringir o limitar el ingreso a la citada carrera universitaria”.

 

Entiende la magistrada que la decisión es “legítima” y que prima facie “no se advierten irregularidades o inobservancias de una magnitud tal que permitirían calificar el acto administrativo de grosero, por su manifiesta arbitrariedad o ilegalidad patente”. 

José Luis Verderico jlverderico@diariouno.net.ar

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