La elección de representantes de los distintos claustros sirve para constituir los Consejos Directivos de las Facultades y el Consejo Superior de la Universidad.
El máximo órgano de gobierno de la UNCuyo modificó y sustituyó algunos artículos de la Ordenanza Nº 1/1996, que reglamenta las elecciones de consejeros.
Entre los artículos de la Resolución que reglamenta las elecciones de graduados, en relación al voto a distancia, determina:
CAPÍTULO II. Elección de Consejeros Egresados
Artículo 21º.- La votación podrá hacerse personalmente o por correo. En este último caso el egresado deberá residir a no menos de CUARENTA (40) kilómetros del lugar de la votación. Para votar por correo el elector enviará su voto en un sobre (blanco tamaño carta común y cerrado) sin referencias que permitan individualizar el remitente. Este sobre deberá venir dentro de otro dirigido a la Junta Electoral, acompañado de los datos individuales del egresado, de un certificado en el que conste su residencia fuera del lugar de la elección y de la firma del interesado debidamente autenticada por:
a) Poder Judicial
b) Registro Civil
c) Escribano Público
d) Autoridad Policial del lugar de su residencia.
De los votos remitidos por correo, se tomarán en cuenta solo los que se reciban hasta el momento del cierre del acto eleccionario.